COLOCACIÓN DE LETREROS
ORDENANZA QUE REGULA LA SEÑALÉTICA DE LOS BIENES INMUEBLES Y DEL MOBILIARIO URBANO DEL CANTÓN LOJA
10/16/20241 min read


Art. 1.- Objeto y Ámbito. - La presente ordenanza tiene por objeto regular la señalética en el cantón Loja, que comprende la tipología de los letreros a ubicarse en los edificios patrimoniales y no patrimoniales, en edificios públicos y privados; así como también, la publicidad a implementarse en el mobiliario, dentro del área consolidada de la ciudad y los centros urbanos de las parroquias rurales del cantón Loja.
Art. 2.- Señalética. - Consiste en todo elemento publicitario como letreros, anuncios, paletas, vallas publicitarias y más elementos de comunicación gráfica o textual, empleados para anunciar o comunicar información, cuidando el ornato de las edificaciones y espacios públicos, precautelando la calidad ambiental; y, evitando la contaminación visual.
Toda esta información más ampliada, la podemos encontrar en la ordenanza No. 05-2012
EL CONCEJO CANTONAL DE LOJA, misma que se ordenó la ejecución y publicación en el Registro Oficial de la ORDENANZA QUE REGULA LA SEÑALÉTICA DE LOS BIENES INMUEBLES Y DEL MOBILIARIO URBANO DEL CANTÓN LOJA, a los catorce días del mes de junio del año dos mil doce.